El 5 de diciembre entra en vigencia la Circular Externa 025 de 2019, que modifa el subnumeral 1.1. del Capítulo II del Título IV de la Parte II de la Circular Básica Jurídica, con el fin de establecer los regímenes de autorización de los ramos de seguros de las entidades aseguradoras, el Anexo 1 del Capítulo II del Título IV de la Parte I de la Circular Básica Jurídica, con el fin de incorporar y ajustar los códigos de trámite relativos a la remisión a esta Superintendencia de los documentos relacionados para la autorización de los ramos de seguros de las entidades aseguradoras, el subnumeral 1.1. del Capítulo II del Título IV de la Parte II de la Circular Básica Jurídica, con el fin de adicionar el ramo “Decenal” al listado de ramos autorizados por la SFC y los siguientes formatos…. Siga leyendo: Superintendencia Financiera de Colombia
De la misma forma el 5 de diciembre entra en vigencia la Circular Externa 007 de junio 05 de 2018
Esta circular, adiciona el Capítulo V “Requerimientos mínimos para la gestión del riesgo de ciberseguridad” al Título IV de la Parte I de la Circular Básica Jurídica (C.E. 029 de 2014).
Las instrucciones de que trata el presente Capitulo deben ser adoptadas por las entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) y operadores de información de la PILA, con excepción del Fondo Nacional de Garantías (FNG), Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (FONADE), los Almacenes Generales de Depósito, los Fondos de Garantía que se constituyan en el mercado de valores, los Fondos Mutuos de Inversión, los Fondos Ganaderos, las Sociedades Calificadoras de Valores y/o Riesgo, las Oficinas de Representación de Instituciones Financieras y de Reaseguros del Exterior, los Corredores de Seguros y de Reaseguros, los Comisionistas Independientes de Valores, las Sociedades Comisionistas de Bolsas Agropecuarias y los Organismos de Autorregulación. En todo caso, las entidades exceptuadas deben hacer periódicamente una autoevaluación del riesgo de ciberseguridad y seguridad de la información, que incluya una identificación de las mejoras a implementar en su Sistema de Administración de Riesgo Operativo.
Si esta interesado en profundizar sobre este tema, consulte: Superintendencia Financiera de Colombia