Nueva circular Básica Jurídica del sistema financiero – CE 006 junio 25 de 2025

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Circular Básica Jurídica (C.E. 006/25)

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) presentó este jueves la nueva Circular Básica Jurídica, como resultado del proceso de depuración a este instrumento que recopila más de 50 años de regulación y supervisión.

La actualización y reexpedición de la Circular Básica Jurídica se enmarcó en uno de los cinco proyectos estratégicos institucionales: el de Optimización Normativa, cuyo objetivo es el de hacer más accesibles los contenidos para los consumidores financieros y el público no especializado, sin perder su rigor técnico.

Dentro de las novedades normativas se destaca la flexibilización de los requisitos en el espacio controlado de prueba y se facilitó el trámite de autorización de los programas de emisión y colocación de bonos sostenibles, entre otros temas.

10 años después de haber sido reorganizada y bajo el liderazgo del Superintendente Financiero, profesor César Ferrari, se avanzó en este primer paso que busca darle dinamismo a la normativa del sistema financiero, con base en los criterios de depuración normativa contenidos en el documento CONPES 3816 y de la Ley 2085 de 2021.

Principios de depuración normativa

  1. Cargas innecesarias: que permitió eliminar instrucciones que generaban una carga desproporcional a las entidades vigiladas o a la Superintendencia.
  2. Duplicidad normativa, a partir del cual se quitaron disposiciones que implicaban una redundancia con otras instrucciones de la misma SFC u otras de carácter superior (decretos y leyes).
  3. Obsolescencia, criterio bajo el cual se excluyeron instrucciones cuyo contenido resulta anticuado o inadecuado a la luz de la realidad regulada.
  4. Falta de claridad normativa, con base en el cual se modificó la redacción de instrucciones confusas, que no tenían un lenguaje claro o generaban ambigüedades al momento de su aplicación.

La nueva Circular Básica Jurídica tendrá una nueva forma de presentación en el sitio web de la SFC, que facilita la navegación en ambiente web, permite realizar búsquedas más ágiles y conocer en detalle la evolución de cada instrucción a partir de las circulares externas que las modifican.

Proyecto Estratégico de Optimización Normativa: siguiente paso

Recientemente terminó el plazo ampliado para el público en general realice comentarios a la reorganización y depuración de la Circular Básica, Contable y Financiera (CBCF), que recoge los principales estándares prudenciales y establece lineamientos para la gestión y medición de los riesgos a partir de la técnica financiera.

Cabe señalar que en este proceso se adicionó el criterio de ajuste técnico, el cual permitió realizar modificaciones que buscaban alinear la CBCF con los estándares aplicables y con los enfoques técnicos vigentes.

La visualización web y la navegación en la CBJ tuvieron una transformación digital, lo que favorece su consulta, presentación y entendimiento por parte de la ciudadanía y contribuye a la consecución de los objetivos de política pública previstos en la Estrategia Digital de Colombia 2023 – 2026.

De otra parte, es pertinente indicar que, en garantía del principio de seguridad jurídica, la SFC se abstuvo de efectuar ajustes a instrucciones cuya expedición o vigencia se produjo durante los años 2023 y 2024, así como a aquellas instrucciones que serán objeto de modificación con ocasión de las normas recientemente expedidas o previstas en la agenda normativa de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF) para los años 2024 y 2025.

Para el caso particular del Capítulo VIII del Título I de la Parte I de la CBJ (Disposiciones aplicables en el espacio controlado de prueba – ECP), es importante señalar que dicho capítulo surtió el trámite de abogacía de la competencia en los términos previstos en el artículo 7 de la Ley 1340 de 2009, y fue ajustado con ocasión de las recomendaciones efectuadas por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (Oficio 21-208607-4-0 del 11 de junio de 2021). Ahora bien, en desarrollo del proceso de depuración normativa, este capítulo fue modificado nuevamente dado que se ha evidenciado que algunas de las instrucciones vigentes constituyen cargas innecesarias, barreras de entrada y posibles aumentos en los costos para los nuevos partícipes del Espacio Controlado de Pruebas (EPC).

Por su parte, esta Superintendencia diligenció el cuestionario de abogacía de la competencia contenido en la Resolución 44649 de 2010, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.30.5 del Decreto 1074 de 2015, y concluyó que el acto administrativo por el cual se expide la presente depuración normativa no tiene incidencia sobre la libre competencia y, por ende, no fue remitido a la Superintendencia de Industria y Comercio para efectos de lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1340 de 2009.

Expuestas las anteriores consideraciones y con fundamento en el literal a) el numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y los numerales 4 y 5 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, esta Superintendencia imparte las siguientes instrucciones:

PRIMERA: subrogar el texto completo de la Circular Externa 029 de 2014 (Circular Básica Jurídica) por el texto jurídico que se expide por medio de la presente circular.

SEGUNDA: la presente circular rige a partir del 26 de junio de 2025, y no afecta la vigencia ni el régimen de transición previsto en las Circulares Externas expedidas durante los años 2023 у 2024.

La nueva Circular Básica Jurídica se puede consultar en 3 secciones así:

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