
Alcaldía de Bogotá reglamenta la nueva sobretasa en el Impuesto de Industria y Comercio mediante la cual se financia la actividad bomberil.
El pasado 7 de junio de 2024 el Concejo de Bogotá D.C. expidió el Acuerdo Distrital 927 de 2024 y en su artículo 290 se adoptó en el distrito capital una sobretasa en ICA con el propósito de financiar la actividad bomberil. En esa medida, mediante el Decreto 279 del 15 de agosto 2024, la Administración Distrital reglamentó los elementos de esta sobretasa bomberil y el proceso para su declaración.
En esa medida, el hecho generador de la sobretasa bomberil coincide con el hecho generador del Impuesto de Industria y Comercio (ICA), el sujeto pasivo corresponde a la persona natural o jurídica responsable de ICA cuyos ingresos netos sean superiores a 43.498 UVT en el periodo de declaración. ($2,047,233,370 para el 2024).
Si el contribuyente presenta ICA bimestral, las 43.498 UVT de base, son sobre los ingresos del bimestre. Si presenta anual, la Sobretasa Bomberil se calcula sobre los ingresos anuales, es decir, los 43.498 UVT.
Por otro lado, la base gravable de la sobretasa corresponde al valor del ICA y la tarifa será del 1% del valor liquidado por concepto ICA; y su declaración y pago se hará mediante el formulario de ICA.
Las personas obligadas a pagar la sobretasa bomberil recibirán una carta en su dirección o por correo electrónico. Tendrán que ingresar a la Oficina Virtual en la página de la Secretaría de Hacienda y realizar el pago a través del formulario de Industria y Comercio, donde se calculará un 1% sobre el valor liquidado de ICA.
¿Desde cuándo inicia el cobro de la sobretasa bomberil?
Desde el 1 de septiembre de 2024 los contribuyentes del ICA que cumplan con los requisitos deberán pagar la sobretasa en la declaración correspondiente al quinto bimestre (septiembre-octubre) de la presente vigencia, con vencimiento el 20 de diciembre.
Para los contribuyentes del Régimen Común anual que cumplan con los requisitos, el pago de la sobretasa deberá hacerse al momento de presentar la declaración del año 2025.