MANUAL DE ASAMBLEAS PARA ORGANISMOS DEPORTIVOS DEL DEPORTE ASOCIADO

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MANUAL DE ASAMBLEAS PARA ORGANISMOS DEPORTIVOS DEL DEPORTE ASOCIADO

Esta guía permitirá conocer a los lectores interesados en la materia, los alcances de la figura, sus diferentes clases, las convocatorias que las originan, la antelación y el medio entre otros aspectos, que resultan vitales a la hora de desarrollar una reunión de asamblea del máximo órgano social, comúnmente conocido como asamblea de afiliados.

I. CONCEPTO

  1. ¿Qué es una reunión de Asamblea General de Afiliados?
    La Asamblea General de Afiliados, es el máximo órgano social de un organismo deportivo y está compuesta por los afiliados que se encuentren en ejercicio de sus derechos.
    II. CLASES DE ASAMBLEAS
  2. ¿Cuántas clases de reuniones de asamblea hay?
    • Reunión de Constitución
    • Reuniones Ordinarias
    • Reuniones Extraordinarias
    • Reuniones Universales
    • Reuniones por Derecho Propio
    • Reuniones de Segunda Convocatoria
    • Reuniones no Presenciales
  1. ¿Qué es una Reunión de Constitución?
    Es la primera modalidad de reuniones de una asamblea. Es aquella que se celebra cuando un número determinado de personas (cuando se trata de clubes deportivos o promotores) o los representantes del número mínimo de organismos deportivos establecido por COLDEPORTES, cuando se trate de federaciones, ligas y asociaciones deportivas, o por la
    ley en el caso de organismos deportivos de limitaciones físicas, mentales o sensoriales, se reúnen con el fin de constituir un organismo deportivo.
  1. ¿Qué temas deben tratarse en una Asamblea de Constitución?
    En esta reunión de asamblea se aprueban los estatutos sociales que van a regir al organismo deportivo y se puede elegir a los miembros de los órganos de administración, control y de disciplina, según la estructura que se ha aprobado en los mencionados estatutos.
  2. ¿Qué es una Reunión Ordinaria de Asamblea?
    Los afiliados de un organismo deportivo, se reunirán ordinariamente en asamblea general por lo menos una vez al año en la época fijada en los estatutos y, en silencio de éstos dentro de los tres (3) meses de cada año, con el objeto de decidir todo asunto que se relacione con la administración, considerar las cuentas y estados financieros del ejercicio
    precedente, examinar la situación del organismo, marcha del mismo y desarrollo del objeto social, entre otros aspectos, y por lo tanto tienen un orden del día preestablecido en los estatutos.
  3. ¿Qué es una Reunión Extraordinaria de Asamblea?
    Los afiliados al organismo deportivo, se reunirán en forma extraordinaria en cualquier tiempo para tratar asuntos urgentes o específicos, razón por la cual los puntos a tratar deben ser precisos y no debe incluirse el punto de proposiciones y varios en el orden del
    día.
  4. ¿Se debe aprobar o modificar el orden del día de una Reunión
    Extraordinaria de Asamblea?

    En las reuniones extraordinarias no es procedente la aprobación del orden del día ya que deben ocuparse del que fue propuesto en la convocatoria, sin embargo, una vez agotados los puntos a tratar, podrán tratarse otros temas siempre que así lo decida la asamblea por mayoría de los votos presentes, salvo que en los estatutos se establezca una mayoría calificada.
  1. ¿Qué sucede si por cualquier circunstancia no se realiza la Reunión Ordinaria de Asamblea en la época prevista en los estatutos del organismo deportivo?
    En el evento en que la reunión de carácter ordinario no se realice en la época fijada en los estatutos o en la ley, los afiliados serán convocados a una reunión extraordinaria para que deliberen y decidan sobre los temas propios de la reunión ordinaria, razones por las cuales
    se denomina Asamblea Extraordinaria con carácter de Ordinaria, exceptuando siempre el punto de proposiciones y varios.
  2. ¿Qué requisitos debe cumplir la Reunión Extraordinaria con carácter de Ordinaria?
    Los requisitos de este tipo de reunión son:
    • Se realiza fuera de la fecha prevista en los estatutos para la reunión ordinaria, razón principal por lo que se considera extraordinaria.
    • Debe insertarse el orden del día en la convocatoria.
    • Se estudian los estados financieros y se presentan los informes de gestión.
    • La convocatoria debe realizarse con el medio previsto en los estatutos para las reuniones ordinarias.
    La convocatoria debe realizarse con la antelación prevista en los estatutos sociales para las reuniones ordinarias, o en su defecto, debe tenerse en cuenta lo señalado por el Artículo 422 del Código de Comercio, que dispone que para las reuniones en que hayan de aprobarse los balances de fin de ejercicio, la convocatoria debe realizarse, por lo menos con quince días hábiles antes de anticipación.
    No puede incluirse dentro del orden del día el punto de proposiciones y varios, por tratarse de una asamblea extraordinaria, y su inclusión tendría como consecuencia la ineficacia de lo que en el se apruebe.

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