Las ESAL podrán apoyar a las entidades vigiladas por la Superfinanciera en la “Educación Financiera”

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Circular Externa 016 de noviembre 5 de 2024
Superintendencia Financiera de Colombia

La EDUCACIÓN FINANCIERA por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia, es un proceso continuo que contribuye a desarrollar y afianzar los conocimientos necesarios acerca del sistema financiero, deberes y derechos, características de los productos y servicios financieros.

La plataforma de EDUCACIÓN FINANCIERA elaborada por la Superintendencia Financiera de Colombia, fue diseñada con la asistencia técnica de la iniciativa de Finanzas Rurales de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID). Contiene 13 módulos didácticos que podrá desarrollar como un curso de manera personal, con sus alumnos familia, compañeros de trabajo o estudio.

https://www.superfinanciera.gov.co/educacionSFC/

El propósito es generar espacios de compresión e inclusión al sistema financiero, forjando confianza en los consumidores, al romper ciclos negativos y a la vez, acercar a sus familias, con una mayor capacidad de análisis para alcanzar sus metas y conocer las alternativas para el manejo de finanzas y salud financiera.

EDUCACIÓN FINANCIERA por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia

¿Cómo pueden ayudar las Entidades Sin Ánimo de Lucro a las Entidades Financieras?

La Superintendencia considera necesario emitir una instrucción que permita a las entidades sin ánimo de lucro ESAL, apoyar a las entidades vigiladas por esa Superintendencia, en la ejecución de programas de educación financiera.

Si bien la responsabilidad asignada por la ley a las Entidades Vigiladas en el desarrollo de los programas de educación financiera es clara, esta Superintendencia considera que las entidades sin ánimo de lucro pueden apoyar en la implementación de estos programas bien sea por su capacidad para desarrollar iniciativas educativas en zonas apartadas o por alcanzar con sus programas grupos poblacionales vulnerables o sin acceso a los programas de educación financiera de las entidades vigiladas. Esto contribuirá a incrementar el conocimiento y comprensión de los productos y servicios ofrecidos por las entidades vigiladas y alineado con el mandato de la Ley 1328 de 2009, lograr la toma de decisiones informadas por parte de los consumidores financieros.

En concordancia con lo establecido en el subnumeral 1.4.1. del Capítulo II, TITULO III, PARTE I de la Circular Básica Jurídica, las entidades vigiladas por la Superfinanciera, deben diseñar programas y campañas de educación financiera, dirigidos a sus consumidores financieros, respecto de las diferentes operaciones, servicios, mercados y tipos de actividad que desarrollan, de manera que éstos puedan tomar decisiones informadas y conocer los diferentes mecanismos para la protección de sus derechos, así como las distintas prácticas de protección propia.
Tales programas y campañas deben, entre otros, ser de fácil entendimiento para los consumidores financieros, independientes y adicionales a la publicidad propia de la entidad, contribuir al conocimiento y prevención de los riesgos que se deriven de la utilización de productos y servicios, familiarizar al consumidor financiero con el uso de la tecnología en
forma segura y ser accesibles para los consumidores financieros en situación de discapacidad.

En desarrollo de esta instrucción las entidades vigiladas pueden adelantar las campañas y programas de educación directamente o a través de las asociaciones gremiales, las asociaciones de consumidores, los organismos de autorregulación y demás entidades de que trata el literal f. del art. 3 de la Ley 1328 de 2009, así como contar con el apoyo de organizaciones sin ánimo de lucro para adelantar este tipo de actividades.

En los siguientes enlaces:

AQUÍ: MÓDULO DE EDUCACIÓN FINANCIERA, mediante la cual las ESAL, pueden desarrollar programas para apoyar a las entidades financieras.

Lo que debe saber sobre… EDUCACIÓN FINANCIERA, Superintendencia Financiera de Colombia.

Circular Externa 016 de noviembre 5 de 2024, mediante la cual se imparte instrucciones relativas a los programas de educación Financiera a través de las Entidades Sin Ánimo de Lucro – ESAL

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