Capítulo II. Instancias de atención al consumidor en las entidades vigiladas
Propósito Principal
La Superintendencia Financiera de Colombia emitió esta circular con el objetivo de ampliar el plazo del régimen de transición para que las entidades vigiladas cumplan con los estándares de arquitectura, seguridad y tecnología requeridos en los modelos de finanzas abiertas.
Antecedentes y Justificación
• Norma Original: La Circular Externa 004 de 2024 estableció inicialmente las obligaciones y estándares para el desarrollo de las finanzas abiertas, fijando un plazo de transición de 18 meses.
• Ampliación Previa: Mediante la Circular Externa 009 de 2025, este plazo ya se había extendido por 6 meses debido a la complejidad de los desarrollos tecnológicos y acuerdos necesarios.
• Nueva Necesidad: La Superintendencia consideró necesario otorgar 6 meses adicionales para permitir una correcta implementación de los estándares sin afectar los servicios actuales que reciben los consumidores financieros.
Instrucciones Específicas (Modificaciones)
La Circular 001 de 2026 modifica las instrucciones QUINTA y SEXTA de la Circular Externa 004 de 2024 de la siguiente manera:
1. Nuevo Plazo Total: Se establece que el cumplimiento de los estándares (previstos en el subnumeral 3.2 del Capítulo IX del Título I de la Parte I de la Circular Básica Jurídica) será exigible en un plazo de treinta (30) meses, esto es, agosto 02 de 2026
2. Inicio del Conteo: Estos 30 meses se cuentan a partir de la fecha de expedición de la Circular original (la 004 de 2024), según se infiere del texto modificatorio que se integra a dicha norma.
Contexto Regulatorio Futuro
La Superintendencia advierte que podría revisar estas instrucciones nuevamente una vez que el Gobierno Nacional expida el decreto sobre finanzas abiertas obligatorias que se encuentra en elaboración, con el fin de armonizar la normativa.
Datos Generales
• Fecha de expedición: 3 de febrero de 2026.
• Firmado por: César Ferrari Ph.D., Superintendente Financiero.
• Vigencia: Rige a partir de la fecha de su publicación
Consulte en los siguientes links:
Título III. Competencia y protección del consumidor financiero – Capítulo II. Instancias de atención al consumidor en las entidades vigiladas, Circular Básica Jurídica (C.E. 006/25)

