
En principio, y al hablar de las ESAL, puede decirse que la asignación permanente corresponde a una parte los excedentes de un período que se guardan con un fin específico, el cual es generalmente adquirir activos productivos con el fin de generar una rentabilidad, para que los resultados obtenidos sean reinvertidos en la entidad. El concepto se asemeja al de utilidades retenidas de períodos anteriores, en las sociedades comerciales.
Conforme a lo anterior, se debe separar una parte del patrimonio y crearse una cuenta que se llame asignaciones permanentes, cuenta que será también del patrimonio, muy similar a las reservas estatutarias de las sociedades anónimas; hay que tener en cuenta que esta reserva se debe realizar conforme al activo que posee la entidad, preferiblemente en los registros de bancos, es decir, se espera que al realizar una asignación permanente el dinero provenga de unos recursos de alta liquidez y que haya una correlación entre lo que pasa en el patrimonio y lo que sucede en el activo. Por ejemplo, si la reserva que se realiza pertenece a cartera y esta resulta ser de difícil cobro, o se realiza y la empresa en activos solo tiene propiedad, planta y equipo, esta operación no resultará eficiente.
Ahora bien, respecto al tratamiento contable, se debe tomar de las ganancias retenidas los rubros para la cuenta de asignaciones permanentes que puede ubicar en las reservas de patrimonio (verificar cómo está estructurado el plan de cuentas de la entidad) y evidenciar en el activo que ese dinero tiene relación con esa cuenta.
Cuando se compra el activo fijo, se disminuye la cuenta en la que estaba el efectivo y se reconoce el ingreso del activo fijo a la cuenta correspondiente de propiedad, planta y equipo. Por último, el administrador tendrá que tener un control sobre esa información para que el contador sustente en las revelaciones la justificación de la adquisición de los bienes y el tratamiento dado a las cuentas.
Fuente: Actualicese.com
También puede ver siguientes links:
1- Tratamiento Tributario de las Asignaciones Permanentes
2- Régimen Tributario Especial de las entidades Sin Ánimo de Lucro -ESAL-
3- Constitución, Funcionamiento y Reporte de Información de las ESAL
4- CONVOCATORIA a reuniones de Asambleas Entidades Sin Ánimo de Lucro
5- ACTAS de reuniones en una Entidad Sin Ánimo de Lucro
7- Disolución y Liquidación entidades Sin Ánimo de Lucro
AQUÍ: GUIA TRIBUTARIA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
AQUÍ: MANUAL BÁSICO ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO – Cámara de Comercio