Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) para Entidades Sin ánimo de Lucro

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Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB

1) AQUÍ: Paso a paso actualización RUB

Paso a paso actualización RUB

2) AQUÍ: paso a paso oficialización formulario 2687 – DIAN

Paso a paso oficialización formulario 2687 – DIAN

3) OFICIO Nº 1197 [906998], 19-09-2022DIAN

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OFICIO Nº 1197 [906998], 19-09-2022DIAN

En aplicación de los criterios establecidos en el artículo 6 de la Resolución DIAN No. 000164 de 2021, una vez aplicado el criterio de titularidad para determinar los posibles beneficiarios finales, para el caso de las ESAL, que no cumplen con el primer criterio del 5% o más del activo, se deberá proceder a aplicar el criterio de control, establecido en el numeral 2 de la disposición, el cual corresponde al control ejercido por un medio diferente a la titularidad del 5% o más en el capital o derechos de voto y/o en el beneficio del 5% o más de los activos, rendimientos o utilidades de la persona jurídica.

Para estos efectos, debe tenerse en cuenta el numeral 3 del artículo 1 de la Resolución el cual establece la definición de control, indicando: “La persona natural ejerce control sobre una persona jurídica cuando, actuando individual o conjuntamente, tiene la potestad de tomar y/o imponer decisiones relevantes en la administración, dirección o gestión de la persona jurídica a través de la titularidad directa o indirecta” (subrayado fuera de texto).

Titularidad directa: La persona natural tiene titularidad directa sobre una persona jurídica cuando tiene un vínculo directo con la misma.

Titularidad indirecta: La persona natural tiene titularidad indirecta sobre una persona jurídica cuando no tiene un vínculo directo con la misma, pero ejerce su titularidad a través de uno o más niveles de propiedad o de interpuesta persona, representación o intermediarios.

Vea en este link el concepto de “interpuesta persona”

Por lo tanto, bajo una interpretación sistemática de las mencionadas disposiciones, se encuentra que una persona natural ejerce control en una persona jurídica bajo el numeral 2 del artículo 6 de la Resolución DIAN No. 000164 de 2021 cuando, teniendo titularidad en la persona jurídica (sin importar el porcentaje), tiene además la potestad de tomar y/o imponer decisiones relevantes en la administración, dirección o gestión de esta. Así, una misma persona natural podrá ser beneficiaria final por el numeral 1 y 2 del artículo 6 de la Resolución DIAN No. 000164 de 2021, toda vez que puede tener titularidad y/o beneficio y control.

El análisis del riesgo en materia de operaciones con ESAL exige determinar con cierto grado de certeza quién es el B. F. para la toma de decisión relacionada con la celebración o no del acto o negocio jurídico, según el entorno y la importancia del acto a celebrar. En este contexto parece necesario que, en el caso de las ESAL se extienda la definición de B. F. a los aportantes, fundadores y en casos partículares a los donantes (si al hacerlo, ejercen control sobre la entidad).

MAYOR INFORMACIÓN SOBRE LOS BENEFICIARIOS FINALES (RUB), en este enlace puedes acceder a toda la información.

AQUÍ, Paso a paso de radicación de los formularios 2688 y 2687

O ingresa al MICROSITIO DE LA DIAN:

https://www.dian.gov.co/impuestos/RUB/Paginas/Inicio.aspx

Capacitación DIAN, Beneficiarios Finales, Facebook live

https://www.youtube.com/watch?v=mWjaH8ev9Xo

Capacitación DIAN, REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIOS FINALES, mayo 31 de 2023, Cubo de Colsubsidio

https://www.youtube.com/watch?v=yRDx7cmYQp8&t=106s

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